APRUEBA PLENO DEL CONGRESO INICIATIVA DE LEY PARA LA ATENCION, INCLUSION Y PROTECCIÓN DE PERSONAS AUTISTAS, PROMOVIDA POR EL DIPUTADO APREZA PATRÓN.


Con la finalidad de reconocer, promover y garantizar la plena integración e inclusión a la sociedad de las personas autistas, así como el ejercicio efectivo sus derechos fundamentales, el pleno del Congreso del Estado aprobó por unanimidad, la ley para la atención, inclusión y protección a personas con la condición del espectro autista del estado de Guerrero, iniciativa presentada y promovida por el diputado Héctor Apreza Patrón.

El dictamen fue presentado durante la segunda sesión de este día, por la Comisión de Salud que preside el diputado Olaguer Hernández Flores, en el que se fundamentó que el autismo se considera una discapacidad, de acuerdo a la Organización Mundial de la Salud, que define a una persona con discapacidad como aquella que tiene limitaciones funcionales, cognitivas, intelectuales o sensoriales de largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, pueden impedir su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás.

El dictamen refiere que el 30 de abril de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General para la Atención y Protección a personas con la condición del Espectro Autistay que si bien ya existe una ley para erradicar la discriminación hacia personas con discapacidad, es fundamental generar el marco jurídico que contribuya a detonar las dinámicas institucionales que permitan reconocer, dimensionar y atender a este sector específico de la población en el Estado de Guerrero.

Apreza Patrón en la presentación de la iniciativa sostuvo que la meta de dicha ley es contribuir a erradicar la exclusión, no la discapacidad, creando las condiciones para garantizar el ejercicio de todos los derechos para las personas con autismo en condiciones de igualdad con las demás personas.

Para el proyecto de esta ley, la Comisión de Salud llevó a cabo trabajos de consulta en la materia, pues consideró fundamental generar el marco jurídico en Guerrero que contribuya a detonar las dinámicas institucionales que permitan reconocer, dimensionar y atender a este sector específico de la población.

Las personas consideradas con la Condición del Espectro Autista son aquellas que presentan algún trastorno neurológico y del desarrollo que afectan la forma en que interactúa con los demás, se comunican, aprenden y se comportan. Con esta ley aprobada por el pleno por unanimidad, corresponderá al Gobierno del Estado asegurar el respeto y ejercicio de los derechos que les asisten a las personas con la condición del espectro autista, así como evitar y sancionar cualquier acto de discriminación.

Igualmente, la Secretaría de Salud en coordinación con la Secretaría de Educación del Estado, deberán llevar a cabo anualmente al inicio del ciclo escolar, campañas de diagnóstico de educandos con la condición del espectro autista, mismos que se integrarán en un padrón único para su atención y protección.

Los municipios a través de las áreas correspondientes al área de la Salud, deberán promover campañas de diagnóstico de personas con la condición del espectro autista, en coordinación con la Secretaría de Educación Guerrero y deberán implementar de manera progresiva las políticas, programas y acciones correspondientes, de manera transversal.

Las autoridades estatales y municipales deberán implementar políticas públicas para este sector de la población, programas y proyectos de investigación científica y de formación de recursos humanos, profesionales y técnicos especialistas en la condición del espectro autista, en un plazo que no rebase los 12 meses a partir de la entrada en vigor del presente decreto.


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