Boletín | CDE-PRI Guerrero 26 de marzo de 2025, 22:15 Hrs.

DIPUTADAS Y DIPUTADOS DEL PRI VOTAN A FAVOR DE INCREMENTAR PENAS A QUIENES COMETAN DELITOS SEXUALES CONTRA MENORES.


* "También aumentaron las penas por el delito de pornografia infantil.

Chilpancingo, Gro., 26 de marzo de 2025.- Las diputadas y diputados del Grupo Parlamentario del PRI en el Congreso del Estado de Guerrero votaron a favor de varias reformas al código penal del estado de Guerrero para proteger las niñas, niños y adolescentes; incrementando las penas para quienes cometan delitos sexuales y priven ilegalmente de la libertad a menores, asi como para quienes cometan delitos de pornografía infantil.

Este dia, en las dos sesiones plenarias que se realizaron, las y los diputados del PRI Victor Hugo Vega Hernández Bulmaro Torres Berrum Ma Del Pilar Vadillo Ruiz , Beatriz Vélez Núñez "Bety Vélez" Alejandro Bravo Abarca y Jesús Parra García, votaron a favor de reformar diversos articulos al Código Penal del estado, entre ellos el 173, para imponer de 12 a 18 años de prisión a quienes cometan el delito de pornografia infantil, con un incremento de hasta la mitad si la victima pertenece a un pueblo indigena o afromexicano.

Se considerará como delito a quien grabe, videograbe, fotografie, filme o describa actos de exhibicionismo corporal, reales o simulados de índole sexual en los que participen menores de edad, al igual que quien posea, reproduzca, ofrezca, almacene, distribuya, venda, compre, rente, exponga, publique, publicite, transmita importe o exporte dicho contenido.

También en la segunda sesion, las y los legisladores del tricolor votaron a favor de reformar los articulos 179, 181, 184, 186 y 191 del Código Penal para el estado de Guerrero número 499, que colocan a niñas, niños y adolescentes en la citada ley y se incrementen las penas de 12 a 40 años de prisión por violación equiparada, 12 a 17 años por abuso sexual y de 4 a 10 años por hostigamiento y acoso sexual.

Estas reformas aprobadas el día de hoy establecen que en el caso de la privación ilegal de la libertad, si es más de 24 horas, la pena se incrementará un mes por cada dia adicional y en caso de aplicar violencia física o moral la pena será de 4 a 10 años de prisión, las penas se agravan cuando la víctima pertenezca a un pueblo indígena o afro mexicano y cuando el delito sea cometido por servidores públicos, quienes serán destituidos o inhabilitados por un periodo igual al de la pena impuesta.


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